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Plantilla de recibo de pago para rellenar e imprimir

Escribe el importe, el concepto, quién pagó y quién lo recibió, e imprime el recibo de pago —el recibí que firma quien cobra— o guárdalo en PDF desde el diálogo de impresión. La página separa el IVA del total cuando lo hay y marca qué le falta todavía a tu recibo según las reglas del país que elijas.

  • La cuota de IVA que contiene el total, calculada mientras escribes, y una línea para el importe en letra.
  • Funciona en tu navegador. Sin cuenta, sin subir nada, sin guardar nada.
  • Un recibo, o dos en la misma hoja con una copia para tu archivo.

Rellena tu recibo

Todo lo que escribes se queda en esta pestaña del navegador. Al recargar la página, el formulario se vacía.

¿Quién expide el recibo?

Lo que debe llevar un recibo depende de cada país. Elige el país cuyas reglas se aplican; «Otro país» no aplica ninguna.

Para dinero recibido como particular: una venta, una señal, un préstamo devuelto. Un particular no repercute IVA.

Importe

Escribe el importe en letra: así se nota si alguien cambia después la cifra.

Concepto del pago
Recibido de
Recibido por
Datos del recibo

Vista previa

NIF

Recibo

N.º

Importe

En letra
Recibido de
Concepto
Nota

Recibí conforme la cantidad indicada.

Lugar y fecha
Firma de quien recibe

Lo que le falta al recibo

Abrir la plantilla de factura (se abre en una pestaña nueva)

Firma después de imprimir: un recibo es la confirmación firmada de quien recibió el dinero.

El diálogo de impresión ofrece también «Guardar como PDF». «Imprimir con copia» pone el original y una copia en la misma página. Los campos vacíos se imprimen como líneas en blanco, así que un formulario vacío sale como una hoja de talonario.

De un vistazo

  • Justificante de pagoUn recibo es la confirmación firmada de quien cobró. Es la prueba de quien paga, así que dice quién pagó, cuánto, por qué y cuándo.
  • Importes pequeños, lista más cortaPara una empresa, España admite la factura simplificada hasta 400 euros IVA incluido, y hasta 3.000 euros en actividades como el comercio minorista, la hostelería o la peluquería. Por encima hacen falta todos los datos de una factura completa.
  • No es una cajaLa página imprime un documento y no guarda nada: ni diario, ni numeración, ni totales del día. No sustituye a una caja registradora ni a un programa de facturación.

Qué debe llevar un recibo, y de dónde salen las reglas

Antes de cualquier lista: un recibo responde a cinco preguntas para quien lo lea años después —quién recibió dinero, de quién, cuánto, por qué y cuándo— y lleva la firma de quien lo recibió. Esas preguntas valen en cualquier país. Lo que un negocio tiene que añadir, y hasta qué importe basta un justificante corto, depende de cada país; aquí están las reglas de España, el país que el formulario sabe aplicar.

Un recibo es una confirmación firmada

Un recibo vale por lo que dice y por quién lo firma. Es un documento privado, y el documento privado reconocido tiene entre quienes lo suscribieron el mismo valor que una escritura pública (artículo 1225 del Código Civil). Lo que dice también cuenta: si el acreedor da recibo del capital sin reserva alguna respecto a los intereses, la obligación de pagarlos se extingue, y el recibo del último plazo sin reservas extingue la de los plazos anteriores (artículo 1110). Si al cobrar quieres reservarte algo, escríbelo en el propio recibo.

En los contratos con consumidores, el empresario tiene que entregar un recibo justificante, copia o documento acreditativo con las condiciones esenciales de la operación, y el consumidor tiene derecho a recibir la factura en papel sin pagar por ello (artículo 63 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios).

Cuando lo emite un negocio, es una factura

Un empresario o profesional está obligado a expedir factura por las entregas de bienes y prestaciones de servicios de su actividad, también por las exentas, sin más excepciones que las del Reglamento de facturación (artículo 2). Por eso el recibo de un negocio suele ser, en realidad, una factura simplificada.

Hasta 400 euros, IVA incluido, basta la factura simplificada (artículo 4.1 del Reglamento). Hasta 3.000 euros, IVA incluido, la admiten además unas actividades concretas, entre ellas la venta al por menor, la hostelería y la restauración, el transporte de personas, la peluquería y los institutos de belleza, el aparcamiento y la tintorería (artículo 4.2). Lleva número y, en su caso, serie, correlativo dentro de cada serie; la fecha de expedición y, si es otra, la de la operación; el NIF y el nombre o razón social de quien la expide; qué se entregó o se prestó; el tipo aplicado, si quieres con la expresión «IVA incluido»; y la contraprestación total (artículo 7.1). El número y el NIF del emisor no desaparecen de la versión corta.

Si el cliente es empresario o profesional y lo exige, la factura simplificada tiene que añadir su NIF, su domicilio y la cuota por separado (artículo 7.2). Por encima de esos importes hace falta la factura completa del artículo 6, con el nombre, el NIF y el domicilio del destinatario y la cuota separada de la base. La factura electrónica obligatoria entre empresarios que regula el artículo 8 bis no alcanza a la factura simplificada, salvo en ese caso del artículo 7.2.

Sin IVA en el recibo

España no tiene un régimen de franquicia para pequeñas empresas: entre los regímenes especiales que enumera la Ley del IVA no figura ninguno que exima por volumen de negocio (artículo 120 de la Ley 37/1992). Lo que deja una factura sin IVA es la operación: las exenciones del artículo 20, por ejemplo la asistencia de profesionales médicos o sanitarios o la enseñanza en centros autorizados. La factura lo tiene que decir, citando el precepto que ampara la exención o indicando que la operación está exenta (artículo 6.1.j del Reglamento), y la simplificada también (artículo 7.1.i).

No toda operación exenta obliga a facturar: el artículo 3 del Reglamento libera muchas de ellas, aunque no, por ejemplo, la asistencia sanitaria, y la factura vuelve a ser obligatoria cuando el destinatario es un empresario o profesional que actúa como tal (artículo 2.2). Un particular no repercute IVA: el impuesto grava las entregas y servicios de empresarios o profesionales (artículo 4 de la Ley 37/1992). Elige «Particular» y el recibo no lleva ninguna línea de impuesto.

Ni caja registradora ni programa de facturación

Esta página es una plantilla de documento, no una caja registradora. No registra nada: ni forma de pago, ni diario, ni un número que sobreviva a la pestaña, ni totales del día. En España eso importa por dos normas.

Los programas de facturación. La Ley General Tributaria obliga a productores, comercializadores y usuarios de los sistemas que soportan la facturación a garantizar la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros (artículo 29.2.j), y el Real Decreto 1007/2023 fija los requisitos. Quien factura con un sistema informático debe tenerlo adaptado antes del 1 de enero de 2027 si tributa por el Impuesto sobre Sociedades, y antes del 1 de julio de 2027 en los demás casos (disposición final cuarta). Según las preguntas frecuentes de la Agencia Tributaria, un procesador de texto o una hoja de cálculo que solo sirve para introducir los datos, expedir e imprimir la factura y conservarla no queda afectado; sí lo queda si además procesa esos datos para generar los libros registro, la contabilidad u otro resultado para cumplir obligaciones tributarias. Quien factura siempre a mano, con talonario, tampoco. Esta página se queda en lo primero, y ni siquiera conserva: no guarda nada ni genera ningún libro.

El efectivo. No pueden pagarse en efectivo las operaciones de 1.000 euros o más en las que una de las partes actúe como empresario o profesional; si paga un particular sin domicilio fiscal en España, el límite es de 10.000 euros. Pagador y receptor responden solidariamente de una multa del 25 % de lo pagado en efectivo (artículo 7 de la Ley 7/2012). Un recibo no cambia nada de eso.

Guarda la copia

Guarda tu copia. Para un negocio, el recibo que expide es un documento contable. Los empresarios y profesionales conservan las copias de las facturas expedidas durante el plazo de la Ley General Tributaria (artículo 19 del Reglamento de facturación), y el derecho de la Administración a liquidar prescribe a los cuatro años (artículo 66 de esa ley). El Código de Comercio pide a los empresarios conservar seis años los libros, la correspondencia, la documentación y los justificantes de su negocio (artículo 30). «Imprimir con copia» pone el original y la copia en la misma hoja, así la copia existe desde que el original sale de tu mano.

Fuentes, consultadas el 26.09.2026

  • Facturación: Reglamento de facturación, art. 2, art. 3, art. 4, art. 6, art. 7, art. 8 bis, art. 19
  • IVA: Ley 37/1992, art. 4, art. 20, art. 90, art. 91, art. 120
  • Derecho civil y consumo: Código Civil, art. 1110, art. 1225; Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, art. 63
  • Sistemas de facturación: Ley General Tributaria, art. 29; Real Decreto 1007/2023, disposición final cuarta; Agencia Tributaria, preguntas frecuentes sobre los ámbitos de aplicación
  • Efectivo y conservación: Ley 7/2012, art. 7; Ley General Tributaria, art. 66; Código de Comercio, art. 30

Situación a 26.09.2026. Esta página no es asesoramiento jurídico ni fiscal. Las reglas citadas son las de España; para cualquier otro país la página no aplica ningún límite ni tipo nacional.

Preguntas frecuentes

Como justificante de pago: quién recibió el dinero, de quién, cuánto, por qué concepto y la fecha, con la firma de quien lo recibió. Si lo expide un negocio en España, es una factura: hasta 400 euros IVA incluido basta la factura simplificada, con número, fecha, NIF y nombre del emisor, concepto, tipo aplicado y total.

No por sí mismo. Pero un empresario o profesional está obligado a facturar lo que entrega o presta en su actividad, así que su recibo tiene que ser una factura. Hasta 400 euros IVA incluido, o 3.000 euros en ciertas actividades, basta la simplificada; por encima hace falta la completa, y la plantilla de factura tiene esos campos.

No. El IVA grava las entregas y los servicios de empresarios o profesionales (artículo 4 de la Ley 37/1992); un particular que vende algo suyo no lo repercute. Elige «Particular» y el recibo no llevará ninguna línea de impuesto.

La firma es lo que lo convierte en recibo: quien recibió el dinero lo confirma por escrito. Como documento privado, el recibo reconocido tiene entre quienes lo firmaron el mismo valor que una escritura pública (artículo 1225 del Código Civil). Imprime primero y firma después.

No se guarda ni se envía nada: sin cuenta, sin subida, sin almacenamiento en el navegador. La página no pregunta la forma de pago, no lleva diario y no cuenta nada, así que no es una caja. Si facturas con un programa que lleva tus libros registro, ese programa tiene que cumplir el reglamento de sistemas de facturación antes del 1 de enero de 2027 (sociedades) o del 1 de julio de 2027 (resto).

Sí. Deja los campos vacíos e imprime: cada campo vacío sale como una línea en blanco. «Imprimir con copia» pone dos recibos en una página, un original y una copia.

Plantilla de factura

¿Por encima del límite, o para un cliente empresa?

La plantilla de factura comprueba mientras escribes cada dato que necesita una factura completa, y calcula la base, la cuota y el total línea a línea.

Abrir la plantilla de factura
Para leer más ¿Cuánto tiempo conservar? La pregunta que hay detrás del plazo

Acabas de hacer a mano lo que un programa de facturación hace cada día

En la facturación del Werkstattsystem, el cliente, el trabajo y el importe salen directamente de la orden; cada factura recibe su número correlativo y se guarda sin posibilidad de modificarla, y cuando llega el dinero la marcas como cobrada con un clic. Pensado para talleres de vehículos. Para empresas establecidas en España, Italia, Polonia o Turquía, el Werkstattsystem no emite facturas: prepara el borrador, y la factura se emite en el sistema que exige el país (en Polonia, KSeF). En España será así mientras el módulo Verifactu esté en desarrollo.

Ver la facturación del Werkstattsystem

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